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Entra en vigor la Ley Anticorrupción en El Salvador

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El Salvador comienza un nuevo capítulo en su esfuerzo por combatir la corrupción con la puesta en marcha de la Ley Anticorrupción, aprobada a inicios de este año y creada para enfrentar de manera integral las actividades ilegales en el ámbito público. La normativa entró en vigor este lunes, luego de un periodo de 180 días desde su divulgación oficial, plazo estipulado para que las entidades se alistaran para su aplicación.

La normativa abarca a todos los trabajadores y funcionarios públicos, así como a las autoridades de los tres poderes del Estado, los gobiernos municipales, y las entidades autónomas y descentralizadas. Asimismo, se extiende a individuos y entidades que mantengan relaciones contractuales o administrativas con el Estado, con la finalidad de eliminar cualquier brecha que permita evitar la supervisión.

Uno de los pilares de la normativa es la creación del Sistema Nacional Integrado Anticorrupción (SINAC), conformado por doce entidades clave, entre ellas la Fiscalía General de la República, la Corte de Cuentas, el Órgano Judicial, la Policía Nacional Civil y ministerios como los de Hacienda, Seguridad y Obras Públicas. Cada una de estas instituciones tendrá un papel específico en la prevención, control, investigación y sanción de los actos corruptos.

La gestión de este sistema será responsabilidad de la Fiscalía General, que tomará el liderazgo del SINAC. Dentro de su estructura funcionará el Centro Nacional Anticorrupción (CNA), una entidad especializada que se encargará del análisis de datos, inteligencia y actividades de investigación con el respaldo de tecnología avanzada. El CNA se dedicará a identificar tempranamente posibles irregularidades y a coordinar operaciones conjuntas con otras entidades del Estado.

En materia de transparencia patrimonial, la ley refuerza las obligaciones para todos los servidores públicos. Estos deberán presentar un Informe de Activos y Pasivos junto con su declaración anual de Impuesto sobre la Renta. El informe deberá incluir no solo bienes y deudas, sino también adquisiciones y transferencias realizadas durante el año fiscal, tanto del funcionario como de su cónyuge o conviviente. Esta información será pública y estará disponible en un portal administrado por el Ministerio de Hacienda, lo que busca facilitar la supervisión ciudadana.

El Tribunal de Cuentas podrá acceder sin limitaciones a estas declaraciones de bienes y tendrá la responsabilidad de constatar posibles desajustes o señales de enriquecimiento ilícito. Si detecta anomalías, deberá remitir el caso a la Fiscalía para su investigación formal.

La ley contempla además un mecanismo robusto de denuncias, garantizando la confidencialidad y la protección de quienes alerten sobre actos de corrupción. Los delitos tipificados incluyen peculado, cohecho, malversación, concusión, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, soborno transnacional y cualquier otra conducta que atente contra la integridad del servicio público. Un aspecto clave es que la acción penal para estos delitos será imprescriptible, lo que significa que podrán ser perseguidos sin importar cuánto tiempo haya pasado desde su comisión.

Con esta legislación, el país busca no solo sancionar a quienes cometan actos corruptos, sino también prevenirlos a través de controles más estrictos, transparencia en la gestión y una mayor participación ciudadana en la vigilancia de los recursos públicos.

El reto actual será asegurar que el Sistema Nacional Integrado Anticorrupción y el Centro Nacional Anticorrupción dispongan del equipo, los medios y la autonomía indispensables para llevar a cabo su objetivo. La población salvadoreña y la comunidad internacional observarán con atención cómo se implementa esta legislación y si consigue transformarse en una disminución efectiva de la corrupción y en un aumento real de la confianza en las instituciones.

Por Otilia Adame Luevano

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